Las condiciones generales de trabajo establecidas en la presente Convención Colectiva de Trabajo,regirán desde el 01/09/03 y hasta el 31 de Agosto de 2005 inclusive.
Por otro lado las condiciones económicas establecidas en la presente regirán desde el 01/09/03 hasta el 31/08/04 inclusive.
Dicha vigencia se limita a los términos que se indican precendentemente, por haberse convenido con los alcances de la ley 14.250, art. 61 “in fine” (t.o. 108/88) salvo que circunstancias extraordinarias vinculadas al comportamiento de la economía Nacional, impusieran su reconcideración, a través del mecanismo de autocomposición.
En ambos casos, las partes acuerdan iniciar las nuevas negociaciones para su renovación noventa (90) días antes del vencimiento de vigencia pactados.
Sin perjuicio de ello, las normas de la presente convención colectiva de trabajo, seguirán vigentes hasta tanto un nuevo convenio entre en vigencia.
1 comentario:
MOGOLICO, SOS TAN TARADO QUE NO SABES LO QUE TENES EN LA MANO. IDIOTA, ESTAS LEYENDO EL CONVENIO ANTERIOR. ESTE TAMBIEN ESTA VENCIDO, PERO EN EL 2007
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